CEDET y el ICE se oponen a proyecto de ley que encarecería la tarifa de electricidad a la gran mayoría de los costarricenses

  • El costo de los subsidios que el proyecto de ley 22.989 pretende dar a quienes tienen paneles solares representaría miles de millones de colones anuales que se trasladarían a las tarifas eléctricas que tendrá que pagar el grueso de la población costarricense. 

La Cámara de Empresas de Distribución de Energía y Telecomunicaciones (CEDET) y el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) se oponen rotundamente al proyecto de ley 22989 “MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 10.086 PROMOCIÓN Y REGULACIÓN DE LOS RECURSOS ENERGÉTICOS DISTRIBUIDOS”, y que fue dispensado de todo trámite el pasado lunes 18 de abril, a pesar del gravísimo daño que le produciría a los usuarios del servicio eléctrico nacional.

La iniciativa de ley, promovida por la diputada Paola Valladares, busca reformar la recién aprobada ley que regula los recursos energéticos distribuidos para institucionalizar subsidios económicos en perjuicio del 99% de los usuarios del servicio eléctrico y así favorecer a unos pocos usuarios de paneles solares. 

“El proyecto de ley 22.989 lo que pretende es retroceder todo lo que se logró con meses de análisis entre los diferentes actores, para eliminar los injustos subsidios que todos los demás usuarios tendrían que pagar con el otorgamiento de neteo simple a favor de los generadores distribuidos”, aseguró Allan Benavides, presidente de CEDET. 

“Consideramos que con la recién aprobada ley sobre recursos energéticos distribuidos se eliminaron  y modificaron una serie de aspectos señalados por las empresas eléctricas que eran perjudiciales para la mayoría de los costarricenses porque iban a  aumentar las tarifas eléctricas y atentaban contra los principios de solidaridad, universalidad y calidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) pero ahora la diputada Paola Valladares, una vez más intenta proteger a los vendedores de paneles en perjuicio de todos los costarricenses, con un proyecto tan nefasto”, agrega Benavides.  

Por su parte, Luis Roberto Rodríguez, Gerente de Electricidad del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) señaló: “la recientemente aprobada ley de recursos energéticos distribuidos incluyó modalidades de generación distribuida y posible reconocimiento de excedentes que se ajustan a las mejores recomendaciones y prácticas internacionales, buscando eliminar el traslado de costos al resto de usuarios del sistema que ocurre con 

las actuales modalidades, sin embargo, la reforma presentada en la Asamblea es contraria a este espíritu y un retroceso en la aplicación de esas mejores prácticas.”

El día de hoy CEDET envió una nota a todos los diputados advirtiendo sobre las negativas consecuencias de avanzar con esta iniciativa de ley. 

¿Qué es el neteo simple?

El neteo simple pretende que a quienes tienen paneles solares se les reconozcan los kilovatios que entregan a la red de distribución al mismo costo de un kilovatio que le vende la empresa distribuidora, sin importar cuál es el verdadero valor equivalente del 

kilovatio inyectado. Esta diferencia de costo a favor de quienes tienen paneles solares la terminan pagando los demás usuarios.

Por ejemplo, con el neteo simple quienes tienen paneles solares podrían entregar kilovatios en invierno cuando su costo es bajo, pero los generadores distribuidos podrían retirar esos kWh en verano, cuando el valor de esa energía es mucho mayor. La diferencia en el costo de esa energía se traslada al resto de personas abonadas al sistema y que no cuentan con estos sistemas de generación distribuida

“El tema del neteo simple ya había sido ampliamente discutido durante la discusión de la ley de recursos energéticos distribuidos. Precisamente a raíz de nuestra oposición, la cual fue respaldada por los criterios técnicos del CENCE, la ARESEP y la Contraloría General de la República, se eliminaron las referencias al neteo simple de excedentes, que tan graves subsidios proponía”, continúa Benavides. 

Dicha discusión provocó que se modificara y dispusiera expresamente en los artículos 6 y 7 la prohibición de que se generen subsidios a favor de los generadores distribuidos como los que genera el neteo simple:

“que no se creen subsidios o cargas económicas, en favor de aquellos usuarios que posean o instalen recursos energéticos distribuidos, y en detrimento de abonados y participantes del SEN”.

Queda claro en la ley que los excedentes se compensarán económicamente solo si la empresa distribuidora los requiere y son de beneficio para el resto de usuarios del servicio eléctrico, mientras que el proyecto 22.989 pretende que la compensación económica en la facturación sea obligatoria, sin importar lo más mínimo el perjuicio en el bolsillo que les va a causar al resto de usuarios.

“Los vendedores de paneles solares impulsan el neteo simple, porque en la mayoría de casos la generación distribuida no es rentable, y solo mediante subsidios pueden justificar la venta de paneles solares a sus clientes. Los vendedores de paneles han hecho publicidad afirmando que sus instalaciones son rentables para sus clientes, cuando en realidad no lo son”, explica Benavides.