- El costo de los subsidios que el proyecto de ley 22.989 pretende dar a quienes tienen paneles solares representaría miles de millones de colones anuales que se trasladarían a las tarifas eléctricas que tendrá que pagar el grueso de la población costarricense.
- El proyecto fue convocado este jueves por el Poder Ejecutivo para el periodo de sesiones extraordinarias.
Mayo 2022. La Cámara de Empresas de Distribución de Energía y Telecomunicaciones (CEDET) solicita respetuosamente a los nuevos diputados hacer un alto y reflexionar sobre el impacto negativo que provocaría el proyecto de ley 22989 “MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 10.086 PROMOCIÓN Y REGULACIÓN DE LOS RECURSOS ENERGÉTICOS DISTRIBUIDOS”, que fue dispensado de todo trámite días antes de terminar la pasada administración, tiempo en el que se dio una masiva aprobación de proyectos de ley de manera nunca antes vista.
Dicha iniciativa fue convocada este jueves por el Poder Ejecutivo para el periodo de sesiones extraordinarias.
“De manera respetuosa pedimos a la señora Ministra de la Presidencia, doña Natalia Díaz, retirar el proyecto de ley 22.989 de la corriente legislativa o bien pedimos a los diputados rechazarlo. Esta iniciativa busca reformar la recién aprobada ley que regula los recursos energéticos distribuidos para institucionalizar subsidios económicos en perjuicio del 99% de los usuarios del servicio eléctrico y así favorecer a unos pocos usuarios de paneles solares”, dijo Erick Rojas, Vicepresidente de CEDET.
“El proyecto de ley 22.989 lo que pretende es retroceder todo lo que se logró con meses de análisis entre los diferentes actores durante la administración pasada, para eliminar los injustos subsidios que todos los demás usuarios tendrían que pagar con el otorgamiento de neteo simple a favor de los generadores distribuidos”, aseguró Allan Benavides, presidente de CEDET.
“Consideramos que con la recién aprobada ley sobre recursos energéticos distribuidos se eliminaron y modificaron una serie de aspectos señalados por las empresas eléctricas que eran perjudiciales para la mayoría de los costarricenses porque iban a aumentar las tarifas eléctricas y atentaban contra los principios de solidaridad, universalidad y calidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Esta iniciativa beneficiaría a los vendedores de paneles solares en perjuicio de todos los costarricenses”, advirtió Benavides.
¿Qué es el neteo simple?
El neteo simple pretende que a quienes tienen paneles solares se les reconozcan los kilovatios que entregan a la red de distribución al mismo costo de un kilovatio que le vende la empresa distribuidora, sin importar cuál es el verdadero valor equivalente del kilovatio inyectado. Esta diferencia de costo a favor de quienes tienen paneles solares la terminan pagando los demás usuarios.
Por ejemplo, con el neteo simple quienes tienen paneles solares podrían entregar kilovatios en invierno cuando su costo es bajo y retirarlos en verano, cuando el valor de esa energía es mucho mayor. La diferencia en el costo de esa energía se traslada al resto de personas abonadas al sistema que no cuentan con estos sistemas de generación distribuida.
“El tema del neteo simple ya había sido ampliamente abordado durante la discusión de la ley de recursos energéticos distribuidos. Precisamente a raíz de nuestra oposición, la cual fue respaldada por los criterios técnicos del CENCE, la ARESEP y la Contraloría General de la República, se eliminaron las referencias al neteo simple de excedentes, que tan graves subsidios proponía”, continúa Benavides.
De acuerdo con Rojas,
“la ley actual incorporó variables de generación distribuida y el reconocimiento de excedentes a la luz de las mejores prácticas internacionales, buscando que el grueso de usuarios del SEN no tengan que asumir costos para subsidiar a muy pocos”.
Dicha discusión provocó que se modificara y dispusiera expresamente en los artículos 6 y 7 la prohibición de crear subsidios a favor de los generadores distribuidos como los que genera el neteo simple:
“que no se creen subsidios o cargas económicas, en favor de aquellos usuarios que posean o instalen recursos energéticos distribuidos, y en detrimento de abonados y participantes del SEN”.
Queda claro en la ley que los excedentes se compensarán económicamente solo si la empresa distribuidora los requiere y son de beneficio para el resto de usuarios del servicio eléctrico, mientras que el proyecto 22.989 pretende que la compensación económica en la facturación sea obligatoria, sin importar lo más mínimo el perjuicio en el bolsillo que les va a causar al resto de usuarios.
“Los vendedores de paneles solares impulsan el neteo simple, porque en la mayoría de casos la generación distribuida no es rentable, y solo mediante subsidios pueden justificar la venta de paneles solares a sus clientes. Los vendedores de paneles han hecho publicidad afirmando que sus instalaciones son rentables para sus clientes, cuando en realidad no lo son”, explica Benavides.
Acerca de CEDET
CEDET está compuesta por CONELECTRICAS R.L, COOPESANTOS R.L, COOPEGUANACASTE R.L, COOPELESCA R.L, COOPEALFARORUIZ R.L, ESPH y JASEC cuyo objetivo es unir esfuerzos, compartir retos y oportunidades, pero sobre todo trabajar juntas para brindar un mejor servicio a los costarricenses en sus zonas de influencia y aportar al desarrollo del país.